Tienes una empresa y un gran cliente. Le has estado prestando servicios y existe una cuantía considerable pendiente. Imaginemos que este cliente se declara en concurso de acreedores en Mallorca. Te contamos qué puedes hacer si este es tu caso.

Para empezar, debes saber que el hecho de que este cliente haya sido declarado en concurso de acreedores en Mallorca le permite estar una situación en la que los pagos se quedan en un estado digamos de standby. Un estado además permitido en esta declaración judicial.

Para tu tranquilidad, este estado no supone la desaparición de la empresa ni de sus obligaciones. Es más bien una situación destinada a la continuidad a través de convenios y acuerdos económicos y legales. Supongamos la situación inversa: la empresa de tu cliente no consigue tener continuidad. En este caso, esta situación legal es la garante de que los acreedores cobren sus pagos pendientes a través de la venta de los activos de la empresa en concurso.

Digamos que es una intervención destinada entre otras cuestiones a evitar que, con una desaparición, los acreedores se queden sin solventar los pagos pendientes.

Eso sí, en cuanto se tiene conocimiento de esta situación en uno de nuestros clientes, hay que tomar una serie de medidas inmediatas. Medidas destinadas básicamente al reconocimiento de la deuda anterior a la declaración concursal así como a la recuperación del IVA repercutido de las facturas, que en este caso están pendientes de pago.

En el Bufete Siquier Abogados, S.l. te esperamos para poner a tu disposición todos nuestros conocimientos. En materia legal siempre se cumple la máxima de que es mejor prevenir que curar. En nuestro caso se trata de una prevención legal indispensable para evitar situaciones irreversibles. Una consulta a tiempo evita muchos trastornos. Nuestra experiencia nos avala en el sector.