En un despacho de abogados en Palma de Mallorca como el nuestro puede ayudarte a resolver ciertas dudas que otros quizá no. En esta ocasión hablaremos sobre las diferencias entre impuesto y tributo: ¿hacen referencia a la misma realidad?

De manera errónea, se tiende a utilizar indistintamente ambos conceptos cuando en realidad se trata de dos realidades diferentes aunque muy relacionadas. La relación que existe entre tributo e impuesto es que los tributos son las obligaciones de pago al Estado y dentro de los tres tipos existentes en nuestro sistema tributario, uno de ellos son los impuestos. Los otros dos son las tasas y las contribuciones especiales.

Cuando hablamos de las tasas nos estamos refiriendo a un pago que se abona a cambio de la prestación de un servicio como pueden ser las tasas del servicio de limpieza que se abona a un Ayuntamiento o las tasas que abonan los estudiantes cuando se matriculan en una universidad pública.

Por otro lado, las contribuciones especiales son pagos cuya cantidad abonada depende del servicio recibido. Es el caso del asfaltado de una calle o del sistema de alumbrado público de una ciudad.

Y ya por fin, están los impuestos, un tipo de tributo que se abona sin existir una contraprestación específica. Pueden ser directos como el caso del IRPF o indirectos como el IVA, algunos de los impuestos más conocidos en nuestro sistema tributario.

En Bufete Siquier Abogados nos gustaría aprovechar nuestra experiencia en el campo del derecho tributario para recordarte también que en torno a los tributos gira el gravamen, un porcentaje que se aplica a la base cuando se calcula, especialmente en el caso de los impuestos.

Si necesitas un despacho de abogados que gestione todos los trámites fiscales de tu negocio ven a vernos. Contamos con letrados cualificados en este campo así como con un gran equipo en nuestro despacho de abogados en Palma de Mallorca.