En cualquier despacho de abogados de familia en Mallorca se plantea en ocasiones el tener que defender a un progenitor porque el otro ha quebrantado el régimen de visitas pactado en la custodia de menores de edad.
En primer lugar tienes que diferenciar si existe una sentencia judicial con un convenio regulador de visitas o solo un acuerdo verbal. Si no existe un acuerdo escrito, entonces debería redactarse con la ayuda de un despacho de abogados de familia en Mallorca. Dicho documento se pacta de mutuo acuerdo y es de cumplimiento obligado por ambos progenitores.
Si ya existe un convenio regulador, entonces es importante definir si el incumplimiento ha sido puntual o bien sostenido y reiterado en el tiempo. Solo en este segundo caso podrías iniciar acciones legales para preservar los acuerdos recogidos.
Comenzamos el proceso requiriendo fehacientemente a quien incumple el régimen de visitas mediante, por ejemplo, vía notarial o burofax. Paralelamente, deberemos reunir las pruebas que acrediten este hecho por si, a pesar del requerimiento, si la actitud del progenitor que incumplió no cesase.
De esta manera se podrá comparecer ante un letrado de la Administración de Justicia para que medie en el asunto. De no resultar exitosa la mediación entonces se deberá presentar demanda de ejecución del convenio regulador. Y tras la admisión, el juzgado requerirá al progenitor que cumpla con el régimen de visitas tal como está recogido en el convenio.
Debes saber que si prosigue el incumplimiento se prevén multas coercitivas. Dado el caso de que estas no sean efectivas para que cesen los incumplimientos, entonces el juzgado podrá modificar el régimen de visitas e incluso, de oficio, acusar al progenitor en cuestión de un delito penal de desobediencia a la autoridad.
En todo este proceso, desde Bufete Siquier Abogados te ofreceremos el asesoramiento que precises y velaremos por tus intereses y por los de tus hijos.