Llega la hora en que una pareja quiere dar un paso más en su relación y se plantea lo siguiente: ¿Unirse en matrimonio o hacerse pareja de hecho?. Esta decisión es personal, y hay que conocer y tener en cuenta los aspectos que están regulados en cada una de las modalidades de unión; es importante y preciso conocer las diferencias legales entre matrimonio y pareja de hecho, por eso, los abogados de familia en Mallorca te asesoramos de cada una de las modalidades de unión, ayudándote a tomar una decisión y a que elijas la opción que más se adecúe a tu situación. 

Los abogados de familia en Mallorca te informarán de la legislación española en relación a la unión de dos personas físicas; ésta puede realizarse a través de dos modalidades: la más tradicional, el matrimonio, que puede ser religioso o civil y consiste en la vinculación y unión de dos cónyuges bajo la regulación de las normas y leyes españolas comprendidas en el Código civil. En cualquiera de los dos casos, su función consiste en formar una unidad familiar, con los derechos y obligaciones para ambos cónyuges que establece el Código civil, y la otra modalidad contemplada por la legislación española, es la de hacerse pareja de hecho.

Esta modalidad, consiste en la unión de dos personas, en donde existe un vínculo afectivo y que conviven de manera estable y libre. Al realizar este trámite la pareja no tiene los mismos derechos y obligaciones que las parejas casadas. Este trámite se realiza inscribiéndose en el Registro de Parejas de Hecho. A continuación se explica de forma general los  varios aspectos y diferencias generales a tener en cuenta entre una modalidad y otra, entre ellas son:

  • Régimen económico: se refiere todo lo relacionado con la separación de bienes y gananciales, cargas y obligaciones familiares, pensión de viudedad o pensiones compensatorias.
  • Derechos laborales: permiso de paternidad, permiso por enfermedad o fallecimiento de la pareja o permiso por emparejamiento.
  • Hijos en común: no presentan apenas diferencias entre una modalidad y otra. La prioridad es el bienestar del hijo.
  • Adopción: los matrimonios tienen el mismo derecho de adoptar un niño/a que una pareja de hecho.

Bufete Siquier Abogados comenzó su actividad en 1983. Somos especialistas en diferentes ramas del derecho: mercantil y concursal, civil, laboral, penal y tributario. Si necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. ¡Llámanos!